El comienzo de la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2022 está a la vuelta de la esquina, más concretamente el 11 de abril de 2023, día en el que los contribuyentes podrán empezar a solicitar el borrador de la declaración para su presentación por Internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, cuyo plazo se extenderá hasta el 30 de junio.
Por otro lado, el 3 de mayo se abre el plazo para la solicitud de cita previa para presentar la declaración por teléfono, cuyas gestiones comenzarán el 5 de mayo, y desde el 1 de junio podrá realizarse de forma presencial en las oficinas correspondientes de la Agencia Tributaria.
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¿Cómo acceder al borrador de la declaración?
El primer paso para presentar el borrador de forma telemática será acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la que se habilitará un apartado específico de 'Renta 2022' para la confección de la declaración.
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Una vez dentro del portal, deberemos seleccionar la opción 'Tramitación del borrador/declaración'. El apartado de 'Renta Web' es el servicio de ayuda de Hacienda para el trámite y presentación de la declaración.
Para poder acceder al servicio de presentación de la declaración será necesario disponer de uno de los siguientes sistemas de identificación: Cl@ve PIN, número de DNI o NIE, o bien a través del certificado o DNI electrónico.
¿Qué pasa si es la primera vez que presento la declaración de hacienda?
Si es la primera vez que se accede a los servicios de la Agencia Tributaria para la tramitación de la declaración, se deberán confirmar los datos correspondientes al domicilio fiscal y los datos identificativos del declarante y de los componentes de la unidad familiar.
Una vez hecho esto, hay que entrar en la opción 'borrador/declaración' y cumplimentar todos los datos correspondientes sobre la situación personal y familiar, si es individual o conjunta y los que sean necesarios sobre los ingresos y el patrimonio.
Una vez incorporados todos los datos, se debe seleccionar la opción 'validar' para asegurar que no existen errores en la tramitación del borrador. Por último, hay que hacer clic en presentar declaración y si el resultado es una devolución se deberá introducir el código IBAN de la cuenta del declarante. Si la declaración es a ingresar, aparecerán las opciones para el pago fraccionado y la domiciliación del importe.