Los planes de pensiones de empleo son un sistema de aportaciones económicas de cara a la jubilación del trabajador hasta ahora promovido por la propia empresa que, entre otras cosas, supone importantes ahorros fiscales, ayudando además al empresario a retener talento. Está pensado para complementar la pensión que cada profesional acabe recibiendo del Estado.
Si bien está pensado para trabajadores por cuenta ajena, también los autónomos pueden acogerse a un plan de pensión de empleo para 'engordar su hucha' con ingresos periódicos o puntuales y aumentando así las aportaciones cuando resulte posible. Llegado el caso, puede optar incluso por pausarlas de manera temporal o permanente.
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Los fondos se gestionan atendiendo al perfil de los participantes y cuestiones como la rentabilidad, diversificación, riesgos o el impacto social de las inversiones.
¿Cuáles son las ventajas del plan de pensiones para los autónomos?
Si un autónomo se acoge este sistema le proporcionará la ventaja de completar su paga estatal una vez que se jubile, sin dudas una gran opción ya que este tipo de profesionales se acogen a la base de cotización mínima y acaban viéndose al final de su vida laboral con pensiones bajas.
Otra de las ventajas para autónomos es que desde enero pasado se les aplica una fiscalidad específica. La ley 12/2022 introdujo modificaciones relacionadas con los ingresos y deducción en el IRPF de las aportaciones a planes de pensiones: se introdujo así un nuevo límite de aportación y deducción por sus contribuciones a los planes de pensiones de empleo simplificados que asciende a 4.250 euros.
Así, un autónomo puede aportar en total 5.750 euros anuales si se suma el límite de aportación a planes de pensiones individuales de 1.500 euros.
Cómo hacer las aportaciones
Según indica la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), pueden adherirse al plan de pensiones de empleo aquellas personas con residencia en España que sean autónomos.
Las aportaciones realizadas serán siempre de carácter voluntario (serán realizadas siempre por el autónomo) y podrán ser aportaciones únicas o periódicas (las cuáles podrán ser modificadas en cuantía o periodicidad, así como suspender el pago de las mismas).
En ningún caso las aportaciones podrán superar los límites legales anualmente establecidos. El plan aceptará movilizaciones de otros planes de pensiones, que no afectarán a los límites legales de aportaciones.