La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado la pena de prisión, al amparo de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual (llamada comúnmente 'solo sí es sí') a un hombre que agredió sexualmente a un discapacitado en los alrededores de un local de hostelería de la capital.
La Audiencia ha atendido la demanda del reo para reducir la pena hasta los 11 años y seis meses de privación de libertad tras señalar que, en la sentencia inicial, la penalidad asignada al caso era de 12 a 15 años, "habiéndosele impuesto la pena en su mitad superior". Originalmente, el hombre tenía una condena de 13 años y ocho meses de prisión, por los hechos que tuvieron lugar en diciembre del año 2019.
Ahora, con el cambio normativo, la penalidad correspondiente es de 7 a 15 años, "siendo la mitad superior de 11 a 15 años, por lo que la penalidad en la redacción vigente es más benigna".
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"La Sala no hace uso de arbitrio alguno, ni lleva a cabo una nueva individualización de la pena, sino que aplicamos el principio de proporcionalidad", ha señalado en su auto la Audiencia Provincial, que ha recordado que el Código Penal señala que "tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo".
La decisión de la Audiencia de Zamora ha permitido la reducción de la condena para este hombre que, según los hechos probados en la sentencia inicial, abordó a la víctima, afectada por "una discapacidad física y psíquica del 100%", y la amenazó con un arma blanca para que mantuviera relaciones sexuales con él.
La víctima accedió ante la coacción de ver amenazada su integridad física y acompañó al ahora condenado a una zona más apartada, donde éste le practicó una felación y obligó al discapacitado a realizarle una penetración anal.
Ocurrido lo anterior, la víctima volvió al bar donde se hallaba, lugar en el que entró con la ropa manchada de barro y muy nervioso, diciendo repetidamente a los camareros "por culo", antes de entrar en el baño para limpiarse. Desde dicho establecimiento, mandó un mensaje a su madre diciéndole "me ha tocado hacer una guarrada, yo paso de líos".
Los hechos probados de la sentencia señalaron además que la víctima sufrió afectación psicológica tras la agresión.
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