SEGURIDAD SOCIAL

Seguridad Social: lista de profesiones que pueden pedir jubilación anticipada a los 55

Los profesionales que cumplan ciertos requisitos puede pedir jubilación anticipada desde los 55 años.

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Seguridad Social: lista de profesiones que pueden pedir jubilación anticipada a los 55.Fuente: Pexels
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La reforma aprobada en marzo por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, estableció la edad de jubilación en España en 65 años, siempre que se hayan cotizado al menos 37 años y 9 meses. Si no se cumple este requisito, la jubilación se fija en 66 años y cuatro meses, con proyecciones de extenderse hasta los 67 años. 

Jubilación anticipada.

Sin embargo, la Seguridad Social contempla excepciones que permiten la jubilación hasta los diez años antes de la edad mínima. Según explican en la página web del Ministerio, se puede rebajar la edad ordinaria de jubilación en grupo o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcional menos, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad". 

Estas son las profesiones que pueden jubilarse antes de la edad.

Cuál es la lista de profesiones que permite jubilarse a los 55 años 

La edad para jubilarse puede reducirse en profesionales especiales, siempre que los trabajadores acrediten el mínimo de actividad requerida. Entre las profesiones se encuentran: 

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto de Minería: Con coeficientes reductores de la edad de jubilación en circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad. Se excluye a trabajadores comprendidos en el Régimen de la Minería de Carbón.
  • Personal de vuelo de trabajo aéreos: Reconocimiento de pensión de jubilación con coeficientes reductores basados en el período efectivamente trabajado. 
  • Trabajadores ferroviarios: Reducción de la edad de jubilación para aquellos que hayan pertenecido a grupo y actividades profesionales peligrosas o penosas. 
  • Bailarines, cantantes y trapecistas: Jubilación a los 60 años sin coeficientes reductores si han trabajado en esa especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 años anteriores a la jubilación. 
  • Profesionales taurinos: Jubilación a los 55 años para matadores de toros, rejoneadores y novilleros, con requisitos específicos de actuación en festejos taurinos. 
  • Bomberos: Reducción de la edad ordinaria de jubilación en función del coeficiente reductor del 0,20 aplicado a los años completos trabajados.
  • Policías locales y miembros de la Ertzaintza: Reconocimiento de pensión de jubilación con una edad inferior a la ordinaria, a partir del 2 de enero de 2019, para funcionarios de carrera, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.