La obligación de presentar la declaración de la Renta en nombre de un fallecido surge como una duda común entre los herederos durante la campaña tributaria. La Agencia Tributaria aclara que el período impositivo para un contribuyente que fallece antes del 31 de diciembre es menor que el año natural, cerrándose así el ciclo fiscal en la fecha de defunción y generando en ese momento la obligación del impuesto.
En caso de que el fallecido haya generado ingresos que superen los umbrales mínimos para la obligación de declarar, los descendientes deben presentar la declaración a su nombre. Es importante notar que los límites que obligan a la presentación se aplican de manera completa, sin ajustarse proporcionalmente al período impositivo acortado por el fallecimiento, y no se ajustan en función de la duración de dicho período dentro del año fiscal.
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Quién, cuándo y cómo se debe presentar la Declaración de la Renta de un fallecido
La presentación de la declaración de la Renta por parte de un fallecido recae sobre los herederos en ciertas circunstancias. Aquí se desglosan los puntos clave y los documentos necesarios:
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Obligaciones de los herederos:
- Presentación de la declaración: Deben hacerlo cuando el fallecido haya obtenido rentas y cumpla con los requisitos para estar obligado a declarar.
- Aplicación de los importes: Los umbrales que determinan la obligación de declarar se aplican en su totalidad, sin importar la duración del período impositivo del fallecido, y sin ajustarlos al año completo.
Actuación en caso de herencia yacente:
- Si la herencia no ha sido aceptada, puede actuar en nombre del fallecido:
- Un albacea nombrado por el difunto o por designación judicial.
- El heredero designado que gestione o dirija la herencia, demostrándolo con la documentación pertinente.
Documentación requerida:
- Para el albacea o representante: Documento de aceptación del nombramiento firmado por el albacea o por el cargo público/juez que asuma la representación.
En sucesiones intestadas:
- Certificado del registro general de actos de última voluntad.
- Declaración de herederos.
- Escrito firmado por todos los herederos indicando la no aceptación de la herencia aún.
Cómo obtener la casilla 505
Para gestionar la declaración de la Renta de una persona fallecida a través de la ayuda de la Agencia Tributaria, los herederos necesitan acreditar su condición mediante la presentación de documentos específicos:
Documentación para acreditar la condición de heredero:
- Testamento: El documento legal que expresa la voluntad del fallecido sobre la distribución de sus bienes.
- Escritura de adjudicación de herencia: Documento notarial que asigna los bienes del fallecido a sus herederos.
- Documentos justificativos: Cualquier otro documento que pruebe fehacientemente la condición de heredero.
- Fotocopia del DNI/NIE: Del heredero, para identificación.
Actuación en caso de herencia yacente:
Si la herencia no ha sido aceptada aún, pueden actuar en representación del fallecido para cumplir con las obligaciones tributarias pendientes:
- Representantes designados: Ya sea un albacea nombrado por el difunto o por designación judicial.
Documentación Requerida:
- Documento que certifique la aceptación del nombramiento.
- En sucesiones intestadas, se necesita un certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, una declaración de herederos, y un escrito firmado por todos los herederos expresando que la herencia aún no ha sido aceptada.
Localización del importe de la casilla 505 para el número de referencia:
El número de la casilla 505, necesario para obtener el número de referencia de la declaración de Renta 2022, se refiere a la "Base liquidable general sometida a gravamen". Este dato se puede localizar fácilmente en:
- La declaración de Renta 2022.
- La App de la Agencia Tributaria, bajo "Consulta declaraciones anteriores ejercicio 2022".
- La Sede Electrónica de la AEAT, en el apartado de la Campaña de Renta 2022 / Todas las gestiones / Consulta de declaraciones presentadas.