Iniciando el mes de marzo, estamos a poco tiempo del comienzo de la declaración de la Renta, un periodo clave donde los contribuyentes se alistan respecto a las deducciones, plazos, y determinan si están obligados a entregar el borrador del IRPF.
Para entender si uno está obligado a realizar la declaración de la Renta este año, es esencial revisar los distintos rendimientos obtenidos en 2023, sean estos de trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas, como detalla la Agencia Tributaria.
Respecto a los rendimientos de trabajo, que para muchos constituyen la fuente principal o única de ingresos, la normativa establece ciertos mínimos exentos por debajo de los cuales no se precisa efectuar la declaración. Para aquellos trabajadores que han contado con un único pagador, el límite se encuentra en los 22.000 euros, cifra que se ajusta para quienes han recibido ingresos de dos o más empleadores.
Renta: ¿Cuál es el mínimo exento para dos pagadores en 2024?
Y es que para aquellos contribuyentes que hayan tenido dos o más pagadores a lo largo de 2023, el límite exento para dos pagadores se establece en 15.000 euros, por lo que si los rendimientos íntegros de trabajo se encuentran por debajo de esa cifra, no será necesario realizar la declaración.
Esta exención se aplicará siempre cuando se hayan recibido menos de 1.500 euros del segundo y subsiguientes pagadores.
El mínimo exento por 2 pagadores cambiará en la Declaración de la Renta de 2025
Es importante destacar que este será el último año en que se realice la declaración de la Renta considerando ese mínimo exento, ya que con el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), el Gobierno ha aprobado elevar el mínimo exento para tributar por el IRPF hasta los 15.876 euros para dos pagadores.