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Así afecta el Convenio Especial de Seguridad Social a la pensión de jubilación

Esta oportunidad es una alternativa valiosa para no perder la protección social y mejorar la economía en la jubilación.

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De acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Convenio Especial de la Seguridad Social, el Convenio Especial de Seguridad Social, es un acuerdo suscrito de manera voluntaria por el trabajador y la Seguridad Social, el cual puede generar, mantener o ampliar el derecho a beneficios. En ese sentido, si un empleado tiene 50 años y está en paro, este puede suscribir un convenio con la Seguridad Social y seguir cotizando, de forma que cuando llegue su jubilación, le cuente como años trabajados.

Cabe destacar que además, el Convenio Especial es un medio para las personas que causen baja en el Régimen de Seguridad Social, puedan seguir cotizando y asegurando así su derecho a la jubilación y otros beneficios. 

Bienestar económico en tu jubilación.

El Convenio Especial de la Seguridad Social, tiene muchas ventajas, entre ellas se encuentran el mantenimiento de la protección social, el incremento de la base reguladora de la pensión, la flexibilidad en las cotizaciones y la posibilidad de complementar otras pensiones no contributivas.

Por estas razones ya mencionadas, el Convenio Especial es una opción más que atractiva para asegurar la jubilación y mejorar en el futuro, el bienestar económico para el trabajador.

¿Qué requisitos debes tener para solicitar el Convenio Especial?

1. No estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social.
2. Los trabajadores de alta por cuenta ajena indefinidos y autónomos solo cuando estén de alta, tengan 65 o más años y 35 años de cotización efectiva.
3. Los trabajadores o autónomos que cesen su actividad y sean contratados con base de cotización inferior a los doce últimos meses.
4. Los pluriempleados cuando cesen en alguna de las actividades y cumplan los requisitos anteriores.
5. Tener cubierto un mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja.

Ahorrar para tu futuro.


6. No estar en situación de jubilación o de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez (salvo que a posteriori cumplan los anteriores requisitos).
7. No estar de baja por enfermedad o incapacidad temporal.
8. No ser beneficiario de una prestación por desempleo (salvo que a posteriori cumplan los anteriores requisitos).

Una vez completes los requisitos, se puede solicitar el Convenio Especial en la oficina de la Seguridad Social correspondiente.

No olvides realizar cotizaciones periódicas, y ajustar el importe de las cotizaciones según las circunstancias económicas.  Además debes informarte sobre la base reguladora y cómo se calcula para poder planificar la jubilación de manera adecuada.