El Gobierno acordó a principios de octubre los Presupuestos General del Estado que incluyen un aumento para las partidas sociales, entre ellas un 18% más para el ministerio de Derechos Sociales. Para el 2023, se prevé la implementación de la Ley de familias en la que se contemplan permisos de conciliación, ayudas económicas y revalorización de las pensiones.
Entre las medidas, se incluye la ayuda económica mensual para madres con hijos de 0 a 3 años a aquellas mujeres que hayan cotizado un mes o recibido una prestación contributiva o asistencial. La cuantía será de 100 euros por hijo menor de tres años hasta que alcance dicha edad.
En detalle, las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años, pueden acogerse a deducción en el IRPF de hasta 1.200 euros anuales. Pero, si se quiere recibir el dinero mensualmente, pueden solicitar el abono de 100 euros al mes. Sin embargo, esta ayuda se ha ampliado también a las que reciben el Salario Mínimo Vital y tengan rentas bajas.
Un detalle: esta subvención no es solo para mujeres que no tengan un trabajo fijo sino que además alcanza a otros colectivos o padres viudos o solteros que tengan la custodia completa.
Actualmente, ya existe una prestación de 100 euros al mes para mujeres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social hasta que sus hijos cumplan 3 años y el Gobierno "amplía el colectivo de personas que van a poder recibir esta prestación", según ha explicado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.
Requisitos para solicitar la ayuda de 100 euros por hijo
- Las mujeres con hijos menores de tres años (si ambos progenitores son del mismo sexo, los dos tendrán derecho)
- El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
- El padre o tutor cuando la guarda y custodia completa.
Aunque Hacienda recuerda que únicamente podrán acceder si cumplen con los siguientes requisitos:
- Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por estos menores.
- Que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
No se podrá acceder al beneficio quienes:
- Cobran la prestación o subsidio por desempleo
- Están en situación de excedencia voluntaria.
¿Cómo solicitar la ayuda de 100 euros por hijo?
Para solicitar esta ayuda mensual de 100 euros por hijo, se debe rellenar el modelo 140 de disponible en la web de la Agencia Tributaria. Para completar el formulario, tanto el solicitante como los menores de 3 años deben tener un NIF.
La Agencia Tributaria recuerda que se puede solicitar el abono anticipado del importe que corresponda a la deducción por maternidad, sin incluir el incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
De esta forma, se puede solicitar el abono anticipado por cada uno de los meses en los que el beneficiario esté dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad y cotice los plazos mínimos indicados:
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Con contrato a jornada completa, en alta al menos quince días de cada mes, en el Régimen general o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.
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Con contrato a tiempo parcial con jornada de, al menos, el 50% de la ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, en alta todo el mes si estás en los regímenes del punto anterior.
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Por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el mes y que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho período.
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En los restantes Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades alternativas a la Seguridad Social, en alta durante quince días en el mes.
A partir de 2023, las madres inscritas como demandantes de empleo con hijos entre 0 y 3 años también cobrarán esta prestación contributiva por crianza, que supondrá un total de 1.200 euros anuales.
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