CLAVES

El delito de sedición será reemplazado por 'desórdenes públicos', con penas mucho más bajas

La reforma que busca obtener el gobierno de coalición contempla penas más bajas tanto de cárcel como la inhabilitación para los funcionarios involucrados.

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Escrito en ESPAÑA el

El Gobierno ha propuesto derogar el actual delito de sedición y sustituirlo por otro denominado desórdenes públicos agravados que contempla penas para las autoridades de 3 a 5 años de prisión (frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente) e inhabilitación de 6 a 8 años (frente a los 10 a 15 años que establece la ley actual), según recoge la proposición de ley orgánica realizada por PSOE y Unidas Podemos.

Así, con la reforma, el antiguo delito de sedición -que pasará a llamarse como 'desórdenes públicos agravados'- tendrá un castigo contemplado en el Código Penal parecido al que reciben las personas que incendien "montes o masas forestales", acepten sobornos siendo funcionario o para personas las que dañen vías férreas.

La proposición señala que "serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios".

Y añade que "los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público".

El juicio al 'procés' en 2019 fue por el delito de sedición.

"En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años", precisa la propuesta del gobierno de Sánchez.

Las novedades de la reforma

Entre las principales modificaciones, se introduce una "modalidad agravada de desórdenes públicos". Para ello, el texto propone que "el delito de desórdenes públicos sea cometido por una multitud cuyas características -número, organización y finalidad- sean idóneas para afectar gravemente el orden público, entendido como el normal funcionamiento de las instituciones y servicios públicos".

"Se configura, así, como un tipo de peligro que, aunque no exige que el orden público llegue a verse efectivamente afectado o impedido, sí requiere que se hayan dispuesto los elementos de una forma adecuada para haberlo puesto en peligro", señala la proposición.

Al respecto, el PSOE y UP sostienen que la proposición plantea a su vez una "sistematización más precisa de los agravantes del delito de desórdenes públicos" y "se mantiene una figura que sanciona la comisión de algunos de los comportamientos asociados a este delito sin que medie violencia o intimidación".

Para el Gobierno, la reforma es para que se interprete mejor la ley.

En el marco de la proposición, desde el gobierno de coalición justifican su intención de suprimir la sedición y modificar el delito de desórdenes públicos al subrayar que "la escasa aplicación que hasta fechas recientes ha experimentado" el delito de sedición "ha impedido apreciar con claridad los graves problemas de interpretación que se derivan de la difícil delimitación del tipo penal y de la confusa definición de la conducta típica".

Así, hacen hincapié en que "en otros ordenamientos es difícil encontrar un delito específico que pueda identificarse con este delito de sedición del artículo 544 del Código Penal".

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