POLÉMICAS REFORMAS DE SÁNCHEZ

El Congreso aprueba las reformas de sedición, malversación y del TC, aunque sin el PP ni Ciudadanos

Los dos grupos parlamentarios se han negado a votar, mientras que Vox lo ha hecho en contra. Así quedaría la ley tras la reforma que aún queda por debatirse en el Senado.

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Escrito en ESPAÑA el

El Pleno del Congreso ha aprobado el jueves la ley que suprime el delito de sedición, reforma el de malversación y modifica la elección de los dos magistrados del Tribunal Constitucional que corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En la votación -en la que se han abstenido de participar tanto el PP como Ciudadanos- la proposición de ley ha recabado el voto de 184 diputados de los partidos del Gobierno y de sus aliados parlamentarios, superando el listón mínimo de la mayoría absoluta (176) que requería por su carácter orgánico.

Así, han apoyado la reforma los dos grupos que conforman el Gobierno de coalición más ERC, el PNV, el PDeCAT, Más País y Bildu, pese a que la coalición abertzale había optado por abstenerse durante el trámite en la Comisión de Justicia. En el Pleno, la única abstención ha llevado la firma del diputado de Compromís, Joan Baldoví, quien había expresado sus dudas ante la reforma del delito de malversación porque teme que pueda beneficiar a condenados por corrupción.

Por su parte, han votado en contra Junts, la CUP, Coalición Canaria, el BNG, Foro Asturias, Navarra Suma, Teruel Existe, el Partido Regionalista de Cantabria, la diputada del PP Valentina Martínez, y Vox.

Vox pide esperar al TC y suspender el pleno

Los de Santiago Abascal habían abandonado el hemiciclo durante el debate de la iniciativa tras la negativa de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de suspender el Pleno hasta que el TC se pronunciara sobre el recurso de amparo presentado por ellos y el PP, pero que después han vuelto.

Antes de la votación el secretario general del grupo parlamentario, José María Figaredo, ha pedido una vez más a la presidenta que la votación no se llevara a cabo hasta tener una resolución del Tribunal Constitucional sobre las enmiendas relativas al Consejo General del Poder Judicial y el propio Tribunal de garantías. Sin embargo, Batet ha contestado a Figaredo que "la comunicación por parte de un grupo parlamentario" no puede acarrear la suspensión de un procedimiento legislativo. 

Por su parte, PP y Ciudadanos han decidido no participar en la votación. Los 'populares' estaban en sus escaños, pero no han apretado botón algún mientras que los 'naranjas' ni siquiera han entrado al Salón de Plenos para la votación.

Tras aprobarse la ley, Gamarra ha vuelto a pedir la palabra para explicar que su grupo no ha participado en la votación porque, a su juicio, esta no tendría que haberse celebrado, ya que el Congreso debería haber esperado a que el TC decidiera sobre el recurso interpuesto por su grupo.

Los cambios tras la reforma de la ley de sedición y del delito de malversación

La proposición de ley, que se ha despachado en el Congreso en apenas cinco semanas, tenía como objeto principal suprimir del Código Penal el delito de sedición por el que fueron condenados los líderes independentistas del procés, aunque también se añadieron otras medidas como el agravamiento de condena por ocultación de cadáver.

El PSOE y Unidas Podemos introdujeron enmiendas como la reforma del sistema para designar candidatos al TC por parte del Consejo del Poder Judicial. Así, se pasa de una mayoría de tres quintos  (que ahora requiere al menos 11 votos) a una simple para que el CGPJ designe a sus dos candidatos al TC y que, en caso de que el órgano de gobierno de los jueces siga incumpliendo su obligación de enviar dos aspirantes al Constitucional, se puedan exigir a sus vocales responsabilidades penales.

Asimismo, introdujeron un nuevo delito de enriquecimiento lícito al mismo tiempo que pactaron con ERC una modificación de las penas por malversación: cuando haya ánimo de lucro, manteniendo las penas actuales (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación); y dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro para "usos privados" (de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto (de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación)

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