Los eventos sociales como bodas, bautizos y comuniones son ocasiones comunes para que las familias y amigos den regalos, a menudo en forma de dinero. Sin embargo, es importante entender las implicaciones fiscales de estos regalos monetarios y cuál es el límite establecido por la Agencia Tributaria, conocida comúnmente como Hacienda, para no incurrir en irregularidades.
En términos generales, Hacienda ve cualquier cantidad de dinero recibida como un incremento en el patrimonio del receptor y, por lo tanto, sujeto a impuestos. En este artículo hablamos acerca de qué declarar, que no declarar y las cosas exentas de declarar.
Desde Hacienda se ha aviado que este año se van a perseguir mucho bodas, bautizos y comuniones para encontrar irregularidades, así que si tienes alguno de estos eventos, es mejor que leas este artículo.
¿Es obligatorio declarar los regalos de boda y comuniones a Hacienda?
Si nos basamos en lo que estipula la Agencia Tributaria, siempre hay que declarar los regalos de boda a Hacienda. Como cualquier otra donación, se tienen que declarar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Habría que presentar una declaración por este impuesto con motivo de cada uno de los regalos, dependiendo la tributación del lugar en el que residamos.
Seguramente te estarás preguntando: "A ver, ¿por pagar mi cubierto debo declararlo a Hacienda?". No, tú no, pero los que se se casan o van al bautizo sí. La obligación legal surge siempre que se detecte un movimiento superior a los tres mil euros (3.000 euros), pero podría darse la situación de alertar al fisco por determinados ingresos menores que se den sin la justificación o declaración oportuna.
¿Hay que declarar los regalos de boda aunque sean en metálico?
Sí, debes declararlo. Es cierto que el sobre conlleva una cierta “opacidad” en lo que se refiere a la cantidad recibida, así como entrega realizada, si hablamos del donante, lo cierto es que siempre sería mejor optar por una transferencia bancaria, porque en el caso de una inspección, aunque esta sea improbable, podemos justificar que ese dinero es por la celebración de una boda.
¿Se deben de declarar las transferencias bancarias de un regalo de boda?
Sí, como todos los regalos. Además, hay que tener en cuenta que, si no se declarase y Hacienda detecta una transferencia o conjunto de transferencias por una suma importante, puede abrir una investigación. Es muy común que se abra una cuenta bancaria específica para la boda, en la que amigos y familiares hagan transferencias.
¿Y qué sucede con el resto de regalos?
Pues todo dependerá del valor de ese regalo, no será lo mismo que te refalen un microondas a que te regalen un piso o un coche. Pero lo cierto es que, como estos regalos suelen venir de familiares, por lo que, dependiendo de la comunidad autónoma, este regalo no tendría por qué declararse a Hacienda.