El uso del efectivo como medio de pago sigue siendo el método de pago más utilizado por los ciudadanos de acuerdo con un informe del Banco de España. Sin embargo, el uso cotidiano de billetes y monedas pueden llegar a hacer que se desgasten o que presenten algunas manchas.
En cualquiera de estas circunstancias, los ciudadanos pueden acudir al banco a cambiarlos por otros ejemplares. Aunque algunos de ellos podrían ser retirados de circulación de inmediato y ser considerados ilegales para su uso en intercambios comerciales si presentan ciertas características.
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¿Cuáles son los billetes que saldrán de circulación?
El Banco de España informó en su sitio web oficial que algunos sistemas de almacenamiento y transporte de billetes contienen dispositivos que utilizan tintas de seguridad o sustancias adhesivas que, al activarse en caso de robo, "provocan deterioro e inutilizan los billetes".
La principal institución bancaria del país dijo que la activación podría ser el resultado de un intento de robo o "mala operación por parte de los profesionales responsables del transporte y almacenamiento de billetes". Por ello, recomendaron las siguientes precauciones:
1. No aceptar billetes alterados.
2. Rechazar billetes descoloridos, ya que podrían haber sido lavados para eliminar las manchas de tinta.
3. Entregar al banco el billete manchado para que sea retirado de circulación.
4. Por otro lado, si el banco demuestra que la mancha procede de un dispositivo antirrobo, la persona puede no tener derecho a canjearla, ya que las entidades solo pueden reintegrar el monto de la pieza "solo si lo solicita el propietario víctima de la actividad ilícita".
¿Cómo cambiar estos billetes?
"Los billetes manchados, sucios, con inscripciones o rotos, una vez reconocidos, pueden canjearse por nuevos de igual valor", afirmó el Banco de España en su página web.
Pese a esto, la institución financiera aclaró que se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones para el intercambio de estas piezas o su reembolso en cuentas bancarias:
1. Se canjearán esos billetes cuando se tenga constancia o indicios suficientes de que el solicitante del canje actúa de buena fe o cuando el solicitante pueda probar el hecho.
2.Cuando se tenga constancia o indicios suficientes de que los billetes en euros auténticos han sido deteriorados intencionadamente, se denegará su canje y serán retenidos.