Europa vuelve a emitir un aviso a España, en esta ocasión relacionado con las indemnizaciones por despido. Para comprender este llamado de atención del Consejo de Europa a Madrid, es necesario retroceder hasta mayo de 2022.
Durante ese periodo, el sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) interpuso una queja ante el Comité Europeo de Derechos Sociales concerniente al coste de los despidos improcedentes en España. UGT argumentaba que la compensación por despido “no cumplía con la Carta Social Europea”, ya que consideraba que las indemnizaciones ofrecidas no eran adecuadas para compensar el perjuicio sufrido por el empleado, sobre todo en casos donde el término del contrato de trabajo se debía a motivos no relacionados con el rendimiento del trabajador.
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La queja presentada por el sindicato señalaba que España estaba incumpliendo el artículo 24 de dicha carta, referente al Derecho a la protección ante despidos, así como los artículos 10 y 12 del convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo. El artículo 24 de la Carta Social Europea establece lo siguiente para los trabajadores:
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“El derecho de todos los trabajadores a no ser cesados de sus empleos sin que haya justificaciones válidas vinculadas a su rendimiento o conducta, o debido a requerimientos operativos de la empresa, institución o servicio; y el derecho de aquellos trabajadores cesados sin justificación válida a recibir una compensación adecuada o alguna otra forma de reparación apropiada”.
Cómo funciona la indemnización por despido en España
Tal como se estipula en la Carta Social Europea y en los artículos 10 y 12 del Convenio 159 de la OIT, a los cuales España es parte, se establece que debe concederse una compensación “adecuada u otra forma de reparación que se considere pertinente” en los casos en que un contrato de trabajo se termine sin justificación.
De acuerdo con lo reportado por El País, basado en fuentes próximas al fallo, la indemnización por despido improcedente en España (establecida en 33 días por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades) “no cumple con la Carta Social Europea”. Este esquema se modificó con la entrada en vigor de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy en febrero de 2012, ya que, hasta ese momento, la indemnización era de 45 días por año de servicio, con un tope de 42 mensualidades.
En el marco de su acuerdo para la legislatura y la continuación del Gobierno de coalición, PSOE y Sumar se comprometieron a mejorar las condiciones del despido, asegurando que estén justificadas y en línea con la Carta Social Europea. Según reporta elDiario.es, el pacto gubernamental incluía el compromiso de proporcionar garantías adecuadas al respecto, con el objetivo de adherirse a los estándares de la Carta Social Europea. Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno, Ministra de Trabajo y líder de Sumar, previamente había expresado críticas hacia la política de despido en España.