FALLO

Mercadona recibe un revés en la Justicia tras no acceder a cambiarle el turno a una empleada

El supermercado deberá respetar el horario en el turno mañana que pidió la empleada y además deberán indemnizarla con cinco mil euros por daño moral.

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Mercadona.Fuente: Freepik
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Mercadona tuvo un revés en la Justicia luego de que una empleada denunció que no la dejaron cambiar su horario laboral para cuidar a sus hijos. Es por eso que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias obligó a la cadena de supermercados a garantizar la conciliación familiar. La mujer necesitaba cuidar a sus pequeños de 6 y 4 años.

A partir de este fallo Mercadona deberá respetar el horario en el turno mañana que pidió la empleada y además deberán indemnizarla con cinco mil euros por daño moral. La empleada de la sede de Las Palmas de Gran Canaria se desempeña en el cargo de gerente del supermercado. La mujer había pedido en enero de 2023 que la dejaran trabajar por la mañana en lugar de tener horarios rotativos. Sin embargo, la empresa se lo negó tras considerar que “alteraba la distribución habitual y ordinaria de la jornada de la empresa”.

Por otro lado, la empleada del Mercadona logró comprobar que tenía una situación de necesidad porque sus hijos requerían de cuidados por las tardes. Entre los argumentos señaló que su marido trabaja en un gimnasio de 8 a 21 horas.

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Algo llamativo del caso es que la Justicia aplicó la perspectiva de género y garantizó la perspectiva de infancia porque se priorizó el interés de los pequeños menores. “Esto significa juzgar teniendo en cuenta la realidad social existente y prestar atención a la situación desaventajada de las mujeres trabajadoras y la pérdida de oportunidades laborales que soportan por no dejar de cuidar”, explicaron desde el Tribunal sobre el caso del Mercadona.

A esta situación se suma que Mercadona contrató un detective que no solo investigó a la empleada sino también siguió a su marido para conocer cuáles eran las obligaciones familiares. “El detective siguió a personas con las que la empresa no tiene una contratación y no solo les sigue en espacios públicos, sino también en el desempeño de actividades puramente familiares, porque puede que acudan a clases de idiomas o al ambulatorio, y en ese seguimiento está obteniendo información que entra dentro del ámbito de la privacidad”, señalaron desde la Justicia.

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